Notas importantes para los tramites matrimonios de españoles con cubanos

22 June 2009, 08:10
La documentación deberá presentarse en el Registro Civil Consular el día en el que se haya obtenido cita. La solicitud de la cita podrá realizarse por las siguientes vías: teléfono: 868-6868, Fax 866-8015 o correo electrónico cog.hahabana@mae.es se deberá aportar la totalidad de los documentos requeridos, el mismo día de la cita. En el caso de que no se aporte la documentación requerida o esta sea incompleta, no podrá practicarse la entrevista, debiéndose solicitar una nueva cita.

Nota: Booking Havana no realiza ningún tipo de Trámite.
Solo mostramos información que pueda resultar de su interés.
Solo publicamos casas particulares de alquiler en Cuba

El día de la cita los contrayentes podrán aportar pruebas documentales de su relación: correos electrónicos, facturas telefónicas fotografías, etc.
En el caso del cónyuge cubano o de otra nacionalidad, recuerde: Es necesaria absolutamente una certificación literal (no un extracto) de nacimiento, así como una Fe de soltería que consigne expresamente la soltería (y no únicamente la no constancia de estado civil alguno). Haga hincapié en estos extremos en sus Registros Civiles correspondientes, a la hora de solicitar la documentación.

Es requerido que al menos uno de los dos miembros de la pareja sea español/a en el momento de solicitar la cita. (No basta que se hayan iniciado los trámites para la obtención de la nacionalidad española).

Todos los documentos solicitados han de ser originales. Habitualmente las autoridades cubanas le solicitan asimismo los documentos originales: no olvide reservar un original de los documentos para su trámite en el Consulado General.

La Audiencia reservada por parte del/la Cónsul a ambos cónyuges, trámite previo a la autorización del matrimonio, se realizaró el mismo día de la cita, con todos los documentos solicitados. La recogida del Libro de Familia y el certificado de matrimonio, en un caso, o del Auto Denegatorio, en el otro, podrá efectuarse en la ventanilla de Registro Civil una vez transcurridos 30 días hábiles, desde la presentación de la documentación. En su caso, el auto denegatorio informará de la posibilidad de recurso.

En el supuesto de el/la cónyuge español/a no podrá acudir al Consulado General el día de la documentación y de la audiencia reservada por haber regresado al lugar de su residencia, se realizará la entrevista al cónyuge cubano, remitiéndose a continuación el expediente al Juez Encargado del Registro Civil del domicilio del contrayente español quien le citará para realizar la entrevista y ratificar el matrimonio. A estos efectos, a fin de localizar a la brevedad posible a la parte español, aportados por la parte cubana, están autorizados.

Las parejas citadas previamente para la audiencia reservada con la Sra. Cónsul para la solicitud de inscripción de su matrimonio en el registro Civil Consular, Será atendido en esta dirección:

Edificio Lonja del Comercio.
Calle Lamparilla No. 1 y Avenida del Puerto
Piso 3ro, Puerta L
Habana Vieja
(Entrada por la Plaza de San Francisco)

Horario de atención: 9am a 1pm
En la puerta del edificio las personas citadas deben identificarse con su documento de identidad para que el conserje compruebe en la lista que usted está citado para ese día.


Booking Havana / Esta información fue tomada del Consulado Español en Cuba.