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Aduana de Cuba. Nueva actualización de los precios de los productos valor adeudable no comerciales.

Booking Havana / 12 December 2009, 17:01
ADUANA GENERAL DE LA REPÚBLICA / 1 de septiembre de 2009.

La Instrucción No. 9, de 20 de abril de 2005, emitida por el Jefe de la Aduana General de la República dispuso el Listado de Valoración Interno para determinar el valor adeudable a tomar por la Aduana, cuando se utilice este medio de valoración.
La Instrucción No. 21, de 10 de julio 2007, emitida por el Jefe de la Aduana General de la República dispuso modificar los Capítulos 03, 10, 14 y 15 correspondientes a Productos Fotográficos y Cinematográficos; Efectos Electrodomésticos; Informática y Comunicaciones; Partes y Accesorios para Vehículos; y Juguetes y Artículos Deportivos y de Recreo que forman parte de la Instrucción No. 9, de 20 de abril de 2005, del Jefe de la Aduana General de la República.
Con el objetivo de uniformar y agilizar la actuación de la Aduana durante el despacho del tráfico no comercial en relación con la determinación del valor de importación de las mercancías y el pago de los derechos de aduanas, se hace necesario adecuar y actualizar los precios de los productos recogidos en dicho Listado, teniendo en cuenta las nuevas condiciones del comercio internacional y los avances tecnológicos.
Por lo antes expuesto y al amparo de las facultades que le confiere a la Aduana el artículo 8, del Decreto Ley No. 22, de 16 de abril de 1979, Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las Importaciones Sin Carácter Comercial, se emite la siguiente:

INSTRUCCIÓN NO. 1-2009
PRIMERO: Establecer como base del valor adeudable a tomar por la Aduana, cuando se utilice este medio de valoración, el Listado de Valoracion Interno que se anexa a esta Instrucción, formando parte integrante de la misma.

SEGUNDO: En el despacho de importaciones sin carácter comercial se aplicará la Alternativa de Valoración Peso-Precio para los artículos que clasifican como miscelaneas; asimismo se aceptará la Factura de Compraventa que se presente a la Aduana, para aquellos artículos que
no clasifiquen como miscelaneas, reteniendo y uniendo la misma a los documentos del despacho.

TERCERO: Se aplicará el presente Listado para la valoración de los artículos, en los casos siguientes:
- Cuando no se presente o no se entregue la Factura de Compraventa a la Aduana.
- Cuando la Aduana considere que exista una subvaloración manifiesta o evidente en el precio del producto que aparece en la Factura.
- Cuando se remita a un pasajero al banco de revisión, por razones de enfrentamiento.

CUARTO: A los funcionarios en misión oficial y tripulantes, la Aduana aceptará el valor declarado o el que aparece en la Factura de Compraventa, siempre y cuando no se observe subvaloración en los artículos a importar.

QUINTO: Se derogan las Instrucciones Nos. 9 y 21, de 20 de abril del 2005 y 10 de julio 2007, respectivamente, todas emitidas por el Jefe de la Aduana General de la República.

SEXTO: Esta Instrucción entrará en vigor a partir de su fecha.

COMUNÍQUESE la presente a todo el Sistema de Órganos Aduaneros, y a cuantas más personas naturales y jurídicas corresponda.

ARCHÍVESE el original en la Dirección de Asuntos Legales de esta Aduana General de la República
DADA en la Aduana General de la República, en La Habana, a los veinte días del mes de enero de dos mil nueve. “Año del 50 Aniversario del Triunfo de la Revolución” Pedro Ramón Pupo Pérez Jefe Aduana General de la República

LIC. ALINA RAMÍREZ VIERA, Directora de Asuntos Legales de la Aduana General de la República
CERTIFICO: Que el presente ejemplar es copia fiel y exacta del original que obra en nuestros archivos.

ANEXO

Instrucción No. 1-2009
NOTAS PARA LA INTERPRETACIÓN
1. En el presente listado de valoración, se han identificado los productos en relación con su material constituyente y sus funciones propias, evitando la denominación específica de
los productos y artículos, de modo que el inspector tenga posibilidades mayores de clasificar, como lo indican los ejemplos siguientes:

ARTÍCULOS CLASIFICACIÓN
Binoculares Sección. 04 - Aparatos de medición y precisión
Walkies Talkies. Sección. 10 - Aparatos de radiotelefonía.
Teatro en Casa Sección. 10 – Reproductor audio-video fijo
Olla Arrocera, Batidora y Ventiladores
Sección. 10- Electrodomésticos de cocina y del hogar
2. Las mercancías se consideran en una columna, donde se enmarcan los precios de las mismas y las unidades de medidas, el cual estará en concordancia con la marca, calidad, cantidad, y unidad de medida en que se exprese.
3. Los artículos no mencionados en el presente listado serán valorados dentro del grupo que proceda, teniendo en cuenta lo que se señala en el primer párrafo; lo anterior viene dado por la imposibilidad de relacionar el universo de productos que puedan estar sujetos a importación por la vía no comercial.

CAPITULO 01 - COMESTIBLES, BEBIDAS, TABACOS Y CIGARROS
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Embutidos y productos similares U 1.50
2. Preparaciones y conservas de carne U 1.50
3. Preparaciones y conservas de pescado, crustáceos, moluscos, etc. U 1.50
4. Productos lácteos envasados en bolsas U 1.00
5. Mantequillas, quesos, otros U 0.50
6. Miel natural U 0.50
7. Confituras en general Kg 1.00
8. Café, especias o infusiones Kg 1.00
9. Arroz, maíz y demás cereales y harinas Kg 1.00
10. Aceites vegetales y animales litro 1.00
11. Grasas vegetales o animales kg 1.00
12. Pastas alimenticias y alimentos preparados a base de harina Kg 0.50
13. Preparaciones de legumbres y hortalizas kg 1.00
14. Preparaciones y conservas y juegos de frutas U 0.50
15. Salsa y demás preparaciones para sopas, potajes o caldos Kg 1.00
16. Aguas minerales y refrescos. U 0.20
17. Cervezas y maltas U 0.40
18. Vinos y licores U 2.00
19. Rones y aguardientes U 2.00
20. Brandy U 10.00
21. Whisky U 10.00
22. Otras bebidas alcohólicas U 10.00
23. Vinagres y demás Litro 1.00
24. Los demás productos alimenticios U 1.00
25. Cigarros Caja 0.40
26. Tabaco elaborado U 0.70
27. Picaduras Kg 1.00
28. Los demás productos del tabaco U 1.00

CAPITULO 02 - COSMETICOS, PERFUMERIA Y ARTÍCULOS DE LIMPIEZA
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Perfumes U 3.00
2. Agua de tocador U 1.00
3. Preparaciones capilares U 1.00
4. Preparaciones para maquillaje y cuidado de la piel U 1.00
5. Preparaciones para higiene bucal U 1.00
6. Preparaciones para afeitar y desodorantes U 1.00
7. Los demás cosméticos U 2.00
8. Artículos p/peinado del cabello (peines, pasadores, etc.) U 0.50
9. Conjunto surtido de viaje, p/aseo personal, la costura, limpieza de calzados prendas U 1.50
10. Postizos (pelucas, pestañas, barbas, uñas, etc) U/PAR 1.00
11. Jabones U 0.20
12. Detergente kg 1.00
13. Betunes y cremas para calzado U 0.50
14. Insecticidas U 0.50
15. Lubricantes Litro 3.00
16. Los demás artículos de limpieza U 1.00

CAPITULO 03 - PRODUCTOS FOTOGRAFICOS Y CINEMATOGRAFICOS
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Cámaras fotográficas digitales U 80.00
2. Cámaras de vídeo U 150.00
3. Memorias de estas cámaras U 20.00
4. Películas fotográficas en rollos sensibilizados para fotografiar U 1.00
5. Papel fotográfico, sensibilizados sin impresionar Kg 3.00
6. Preparaciones químicas para uso fotográfico Kg 3.00
7. Proyectores cinematográficos y otros U 10.00
8. Los demás productos fotográficos y cinematográficos U 10.00

CAPITULO 04 - PINTURAS, BARNICES Y ARTÍCULOS DE FERRETERIA
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Pinturas y barnices Litro 2.00
2. Pigmentos y colorantes Kg 01/01/00
3. Velas y pastas para modelar U 0.50
4. Juego herramientas de mano U 7.00
5. Las demás herramientas de mano U 1.00
6. Útiles intercambiables para máquinas herramientas U 1.00
7. Herramientas con motor eléctrico incorporado U 20.00
8. Las demás herramientas y útiles U 2.00
9. Aparatos de medición y precisión U 10.00
10. Interruptores- Tomacorrientes U 0.50
11. Cables de electricidad Metro 0.50
12. Bombillos y tubos fluorescentes U 0.25
13. Faroles (no eléctricos) U 3.00
14. Candados, cerraduras y demás mecanismos de cierre U 2.00
15. Electrodos U 0.50
16. Adornos, placas indicadoras U 1.00
17. Bolígrafos, plumones, lápices, ponchadoras y demás artículos ligeros de oficina. U 0.20
18. Fosforeras y encendedores de todo tipo U 0.40
19. Sombrillas y paraguas U 2.00
20. Pegamentos y los demás artículos plásticos U 1.00
21. Lámparas eléctricas de señalización y alumbrado U 10.00
22. Linternas U 1.00
23. Partes, piezas y accesorios eléctricos o mecánicos. U 0.50
26.Pilas o baterías U 0.50
27.Los demás artículos de ferretería U 1.00

CAPITULO 05 - CONFECCIONES
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Abrigos, chaquetas, sobretodos, sacos, chalecos U 6.00
2. Ropa de casa U 2.00
3. Short – Bermudas U 3.00
4. Camisa y blusas U 3.00
5. Chubasqueros y capas U 3.00
6. Corbatas U 2.00
7. Juego pantalón y chaqueta U 20.00
8. Pantalón U 8.00
9. Pullover y camisetas 1.00
10. Juego Short – Pullover U 4.00
11. Sombreros U 8.00
12. Gorras U 3.00
13. Ropa interior U 1.00
14. Trusas y trajes de baño U 6.00
15. Sayas. (Saya- pantalón) U 8.00
16. Guantes, pañuelos. U 0.50
17. Licras y Slacks U 2.00
18. Vestidos U 8.00
19.Trajes de Novia y Quince U 60.00
20.Trajes de salón o disfraces U 60.00
21.Los demás confecciones U 4.00

CAPITULO 06 - CALZADO Y TALABARTERIA
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Calzado para vestir PAR 20.00
2. Calzado de sport PAR 20.00
3. Tenis y calzado deportivo PAR 20.00
4. Chancletas PAR 2.00
5. Los demás calzados PAR 5.00
6. Artículos de talabartería U 2.00
7. Bolsos de mano U 5.00
8. Artículos de bolsillo U 1.50
9. Prendas y complementos de vestir U 6.00
10. Los demás artículos de talabartería U 3.00

CAPITULO 07 – CANASTILLA
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Ropa para el bebé. U 2.00
2. Baberos – Culeros U 3.00
3. Pañales. Ropa de cama. Pqte/Juego 4.00
4. Teteras. Biberones, cubiertos U 1.00
5. Adornos, juguetes U 0.50
6. Cuna, coches, corrales, mecedoras y otros muebles para bebé. U 20.00
7. Zapatos de canastilla PAR 1.00
8. Aceites y artículos de tocador/p bebitos U 1.00
9. Los demás artículos de canastilla para bebés. U 0.50

CAPITULO 08 – LENCERIA
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Hilados U 0.50
2. Tejidos Metro 1.00
3. Revestimientos para el suelo (linóleos, alfombras, etc.) Metro 3.00
4. Tiendas de campaña y toldos U 10.00
5. Mochilas y bolsos de manos U 5.00
6. Sábanas U 3.00
7. Fundas U 1.00
8. Toallas U 3.00
9. Conjunto de sábanas y fundas U 6.00
10. Frazadas y sobrecamas U 10.00
11. Ropa de cocina y de mesa U 2.00
12. Cortinas U 3.00
13. Artículos p/confecciones (botones, zipper, etc.) DECENAS 0,50
14. Los demás artículos de lencería. U 1.00

CAPITULO 09 - UTILES PARA EL HOGAR
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Cuchillerías y cubiertos de mesa, de cualquier material (tijeras, manicuras, etc.) U 1.00
2. Artículos de uso doméstico e higiénico U 1.00
3. Balita conteniendo gas (excepto con gas freón) U 8.00
4. Balones conteniendo gas (excepto con gas freón) U 15.00
5. Reguladores de gas U 6.00
6. Medidores U 2.00
7. Válvulas U 2.00
8. Escoba, cepillos, pinceles, brochas U 1.00
9. Vajillas. Servicio de mesa y cocina. U 1.00
10. Termos U 1.00
11. Marquetería, cofres, cajas, estuches de joyería y similares U 1.00
12. Objetos de adorno U 1.00
13. Revestimiento para suelo, techos y paredes M² 3.00
14. Envases y jabas U 0.50
15. Los demás útiles para el hogar. U 1.00

CAPITULO 10 - EFECTOS ELECTROOMESTICOS, INFORMATIVA Y COMUNICACIONES
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Planchas eléctricas, cuyo consumo sea inferior a 290
watts/hora sin rociado o 703 watts/hora con rociado y vapor. U 8.00
2. Refrigeradores domésticos y Congeladores U 300.00
3. Cocina y hornos de gas U 50.00
4. Otras cocinas e implementos de cocción no eléctricos U 25.00
5. Máquinas lavadoras. U 100.00
6. Máquina de coser, tejer y bordar U 50.00
7. Secador o Rizador de pelo U 5.00
8. Electrodomésticos de cocina y del hogar U 15.00
9. Aspiradora U 30.00
10. Televisores Convencionales U 100.00
11. Televisores Pantalla Plasma, LCD U 300.00
12. Radio de bolsillo, mesa o Radio-Reloj U 10.00
13. Radio Reproductora CD o DVD para Auto. U 25.00
14. Reproductor y Grabador de audio portátil U 40.00
15. Reproductor de audio- video fijo (Teatro en casa, multipropósito, etc.) U 120.00
16. Reproductor de video U 30.00
17. Consolas de video juegos U 100.00
18. Los demás aparatos domésticos y electrodomésticos. U 10.00
19. Microcomputadora Completa U 400.00
20. Microcomputadora portátil( laptop) U 450.00
21. Torre de computadora U 100.00
22. UPS U 100.00
23. Procesadores. U 70.00
24. Memorias RAM. U 30.00
25. Disco Duro incluyendo el HDD player U 60.00
26. Lector o Quemador de CD o DVD U 15.00
27. Monitor de Computadora U 60.00
28. Impresora U 100.00
29. Mouse U 5.00
30. Teclado U 5.00
31. Scanner U 50.00
32. Tarjeta de video U 45.00
33. Tarjeta de red U 15.00
34. Tarjeta de sistema (Mother Board) U 60.00
35. Discos compactos vírgenes (CD y DVD) U 0.15
36. Discos compactos grabados(CD y DVD) U 5.00
37. Teléfonos, Celulares e Inalámbricos U 30.00
38. Aparatos de radiotelefonía U 100.00
39. Fotocopiadoras U 100.00
40. Fax alámbrico U 80.00
41. Máquinas copiado, reproducción e impresión U 200.00
42. Equipos personalizados de captación de señales vía satélite (GPS) U 50.00
43. Calculadoras y contadoras U 3.00
44. Los demás aparatos y máquinas de oficina U 50.00
45. Plantas eléctricas U 150.00
46. Casco o Armazón de equipos electrodomésticos U 50.00
47. Motor de Lavadora U 20.00
48. Otros tipos de Motores de equipos electrodomésticos U 15.00
49. Tubo de Pantalla U 30.00
50. Compresores de Refrigerador U 20.00
51. Bombas de agua U 15.00
52. Otras bombas y compresores U 30.00

CAPITULO 11 – JOYERIA
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Reloj de pulsera de hombre, mujer, niño U 5.00
2. Partes y piezas de relojes U 1.00
3. Joyas finas en metales preciosos, incluso con piedras preciosas U 80.00
4. Las demás joyas de metales preciosos U 60.00
5. Manufacturas de perlas finas o de piedras preciosas U 45.00
6. Artículos de orfebrería U 20.00
7. Las demás manufacturas U 50.00
8. Bisutería U 0.50
9. Los demás joyas y manufacturas U 10.00

CAPITULO 12 - INSTRUMENTOS MUSICALES
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Instrumentos de cuerda U 50.00
2. Instrumentos de teclado U 400.00
3. Instrumentos de viento U 400.00
4. Instrumentos de percusión U 300.00
5. Caja de música U 4.00
6. Partes, piezas y accesorios U 5.00
7. Los demás instrumentos musicales U 20.00

CAPITULO 13 - MOBILIARIOS
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Juego de sala U 60.00
2. Juego de cuarto U 60.00
3. Juego de comedor U 60.00
4. Piezas de muebles (silla, mesa, butaca, etc) U 10.00
5. Otros muebles para usos domésticos U 10.00
6. Muebles de oficina U 15.00
7. Colchones U 50.00
8. Almohadas y demás artículos de relleno U 5.00
9. Los demás muebles U 10.00

CAPITULO 14 - PARTES Y ACCESORIOS PARA VEHICULOS AUTOMOTORES
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Partes y accesorios p/motos U 5.00
2. Acumuladores U 15.00
3. Motores de combustión interna nuevos para vehículos U 500.00
4. Motores de combustión interna de uso para vehículos U 250.00
5. Carburador U 40.00
6. Delko U 30.00
7. Guardafangos U 40.00
8. Carrocería nuevas para vehículos U 1000.00
9. Carrocería de uso para vehículo U 450.00
10. Parabrisas U 35.00
11. Motor de combustión interna de moto U 100.00
12. Neumáticos para autos ligeros o pesados U 30.00
13. Neumáticos para motos U 15.00
14. Llantas U 30.00
15. Amortiguadores U 15.00
16. Bobina de encendido U 5.00
17. Cajas de Velocidad U 120.00
18. Los demás accesorios, partes y piezas de vehículos U 10.00
19. Remolque o Arrastre ligero sin auto-propulsión no mayor de 750 kg U 100.00

CAPITULO 15 - JUGUETES Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS Y DE RECREO
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Bicicletas U 50.00
2. Bicicletas, Patinetas y Carriolas Eléctricas U 100.00
3. Batería para propulsión de Bicicletas U 30.00
4. Balsas inflables U 5.00
5. Juguetes para ser montados por niños U 10.00
6. Juguetes eléctricos para ser montados por niños U 15.00
7. Juguetes que funcionen con baterías o por control remoto U 10.00
8. Muñecas U 5.00
9. Juguetes que funcionen por cuerda mecánica U 5.00
10. Juegos de mesa U 1.00
11. Los demás juguetes U 1.00
12. Artículos para la práctica de deportes con pelota U 1.00
13. Artículos para la práctica de deportes náuticos U 3.00
14. Los demás artículos para la práctica de deportes U 5.00
15. Aparatos para realizar ejercicios en casa U 100.00

CAPITULO 16 - MATERIALES DE CONSTRUCCION
PRODUCTOS UNIDAD PRECIO
1. Muebles sanitarios. U 20.00
2. Baldosas, azulejos y manufacturas p/uso de construcción. m² 6.00
3. Cementos Gris / Blanco. Saco 3.00
4. Otros cementos Saco $5,00

Comentario

5 January 2010, 11:12
Hola que pena meda, com el amor que yo le tengo a mi paiz yo creo que el que puso esa ley no esta bien de la cabesa halo eso es un abuso o es que piensan que el que esta fuero de cuba le regalan el dinero yo prinsipal mente linpio mucho culo de viejo en este paiz 10 horas diaria para mantener mis ninos que estan en cuba tengo dolor de cabesa cuando bi todo el abuso nuevo que puso la aduana ,hola pienesn somos todos cubano yo compro un par de zapatos a mis ninos y cuando yego a mi paiz tengo que pagarlo de nuevo asta cuando es el abuso yo no entiendo las leyes de cuba es el unico PAIZ QUE ABUSA EN LA DUANA
10 January 2010, 12:40
Hola con respecto al listado que ya lo habia visto en internet pues yo le escribi a la aduana pero ellos me mandaron a decir que nada a cambiado; mi mama que vive en Cuba investigo alla en boyeros y le dijeron que el listado es para la gente llamadas mulas que entran al país 2 y 3 veces en el año cargados de cosas por lo que me relaje porque cuando vi el dichosos listadito por primera ves por poco pongo el grito en el cielo.

16 January 2010, 12:43
Muy buena la regulación. considero que debe de ser totalmente aplicable a las mulas, que se estan haciendo ricos y a otros a costa de las necesidades de mi pueblo.es lindo recibir tursimo, pero es triste escuchar como se buraln de nuestyras necesidades, como nos usan con la pacotilla que llevan para revender.
El estado tien que seguir estando presente y dando repuesta a esto, que el cubano tenga lo minimo o necesario y que pague con gusto en las tiendas no a los particulares, pues cuando te encuentras copn esa gentusa fuera de la isla, alardean conocén todo el país, vendiendo pacotilla, no es justo pues el buen cubano, quiere ir y ver a sus seres querido, llevarle algun detalle, no desangrase en la aduana, donde alguno de ese personal abusan y te aprietan para sacarte algo;
incluso infringen la ley para sacarte plata que nunca llega a la caja sino a su bolsillo, entonces ''''???
Si el estado necesita recuperar divisas, barbaro, que crre sanos macanismo.

Me queda o no entendí totalmente; se mantiene los 30 kg + los 10 de medicamentos + 10 kg de alimentos exentos de pagos????
Gracias, mucha suerte
25 January 2010, 10:46
Yo espero que nada cambie ya las leyes anteriores estan bastante fuertes porque cuba es un pais de mucha necesidad y nada de lo que se le lleve a la familia es para lucrar nadie que viva en cuba puede vestirse y calzarse con el salario que se paga claro sabemos que existe una economia muy soterrada pero igual es criminal que ademas de el limite de kilos que ademas no se entiende porque ya se le paga a la compañia y no hay nececidad de pagar nada en cuba tambien se cobren todos los productos de primera nececidad que se le llevan a los familiares espero que sean lo suficiente inteligentes como para no seguir provocando irritacion en la poblacion recuerden que muy poco se vive del turismo y si de los cubanos que ayudamos a la familia en cuba

25 June 2010, 06:17
Horrible! Si esos precios o aun mas baratos, son ciertos, es una gran estafa. Tener una tienda donde se venden productos que nunca han sido comprados por el vendedor. Las cosas de Cuba son unicas e inaceptables...Que verguenza. Yo no ire a Cuba hasta que no me traten con respeto.
4 July 2010, 19:17
Quisiera saber si se puede llevar una aire acondicionado de pare o cajon si serian tan amable de contestarme y cualseria el pago del mismo
24 July 2010, 13:14
Yo quisiera saber el precio diario de la renta de un carro automatico con aire acondicionado...en fin y todo lo que concierne a rentar un carro...muchas gracias espero su contesta...tengan buen Dia
3 August 2010, 16:13
Senores,mi esposa e hija y yo ,pensamos viajar a cuba en estos dias de agosto,y lo que llevamos es para hermanos,sobrinos y madre,no llevamos equipos electronicos ,ni nada por el estilo.yo pregunto nos cobran todo eso por [ blusas ,pulovitos,blumer,ajustadores ,calzonsillos]alguien que sepa pudiera sacarme de dudas,por favor.
11 August 2010, 09:30
La aduana de Cuba no es mas que otro mecanismo de incapacidad política. Supongamos que estas tarifas sean para las mulas, pues bien, eso les impide el derecho de seguir importando mercancías? ...no, las siguen entrando lo que a un precio mayor, entonces quien paga al final las consecuencias? ... el pueblo cubano que no tiene en donde comprar productos con un mínimo de calidad y variedad, pues todo se compra al por mayor como si se tratase de pasto para un rebaño de ovejas. Pero lo peor no es eso, sino que esa basura te la revenden a un 200 o 300 por ciento en el mejor de los casos. Asi sucede con todo en este pais, es una cadena de arvitrariedades basadas en un "sentido colectivo" que lo unico que logra es alienar cada vez mas a un pueblo.
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